Después de las diferentes entradas que he venido desarrollando con respecto a la salida a la luz de la nueva Directiva sobre sostenibilidad en el marco europeo, es el momento de destacar aspectos clave de la propia presentación.
En primer lugar, la presentación de dicha información la realizarán las grandes empresas y las pequeñas y medianas empresas, a excepción de las microempresas, que sean entidades de interés público e incluirán, en el informe de gestión, la información necesaria para comprender el impacto de la empresa en las cuestiones de sostenibilidad, y la información necesaria para comprender cómo afectan las cuestiones de sostenibilidad a la evolución, los resultados y la situación de la empresa.
De manera concreta, la información incluirá:
- Una breve descripción del modelo de negocio y la estrategia de la empresa, que indique resiliencia del modelo de negocio, oportunidades para la empresa derivada de la sostenibilidad, los planes de la empresa con respecto a su transición hacia una economía sostenible, la forma en que el modelo de negocio y la estrategia impacta en cuestiones de sostenibilidad y el modo de aplicación de su estrategia.
- Descripción de los objetivos y avances en el alcance de dichos objetivos alineados con factores medioambientales.
- Descripción de la función de los órganos de administración, dirección y supervisión en lo que respecta a las cuestiones de sostenibilidad.
- Descripción de las políticas de la empresa en relación con las cuestiones de sostenibilidad.
- Informe sobre la existencia de sistemas de incentivos ligados a cuestiones de sostenibilidad.
- Descripción del procedimiento de diligencia aplicado en relación con las cuestiones de sostenibilidad y de los principales efectos negativos reales o potenciales relacionados con las propias actividades de las empresas y de su cadena de valor.
- Descripción de los principales riesgos para la empresa relacionados con las cuestiones de sostenibilidad.
- Indicadores pertinentes debidamente expuestos.
Por otro lado, es importante destacar que las normas de presentación de información sobre sostenibilidad, teniendo en cuenta el objeto de cada norma concreta de presentación de dicha información, deberán:
- Especificar la información que las empresas deban divulgar sobre factores medioambientales.
- Especificar la información que las empresas deban divulgar sobre factores sociales y de derechos humanos.
- Especificar la información que las empresas deban divulgar sobre factores de gobernanza.
Por último, es importante destacar la no exigencia de divulgación sobre los recursos inmateriales distintos de los reconocidos en el balance, incorporada en la Directiva 2013/34/UE. Concretamente es destacable que en la Directiva en cuestión se mencione como hecho ampliamente conocido y reconocido que no se informe suficientemente sobre los activos y otros factores inmateriales, incluidos los recursos inmateriales generados internamente, lo que impediría la correcta evaluación de la evolución, los resultados y la situación de la empresa, así como el seguimiento de las inversiones. Se menciona la brecha creciente entre el valor contable de muchas empresas y su valoración de mercado, exigiendo una presentación de información adecuada sobre los recursos inmateriales de todas las grandes empresas y de todas las empresas, quedando fuera, según la Directiva, las microempresas. Si es cierto que la Directiva, en este punto, finaliza aludiendo a que determinada información sobre recursos inmateriales es intrínseca a cuestiones de sostenibilidad y, por tanto, deber formar parte de la presentación de información sobre sostenibilidad.